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COBERTURA AL MONOTRIBUTO



Atención al afiliado monotributista:



Estimados:

De acuerdo a la última disposición de la Superintendencia de Servicios de Salud las obras sociales pueden o no registrarse para aceptar Monotributo. Osmiss, se registró para afiliar monotributistas a partir de la categoría "D", de acuerdo a la resolución del Decreto 955/2024

    ARTÍCULO 1°.- Incorpórase como artículo 69 bis del Decreto N° 1 del 4 de enero de 2010 y sus modificatorios el siguiente:
    “ARTÍCULO 69 bis.- Créase el REGISTRO DE AGENTES DEL SEGURO DE SALUD PARA LA COBERTURA MÉDICO ASISTENCIAL DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES ADHERIDOS AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES en el ámbito de la SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DE SALUD.
    En dicho Registro se inscribirán las entidades del Sistema Nacional del Seguro de Salud que acepten recibir, como parte integrante de su población beneficiaria, a los Pequeños Contribuyentes adheridos al mencionado régimen, quedando facultadas para distinguir las categorías cuyo ingreso permitan”.


Saludos Cordiales





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